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Impuesto a sociedades

El impuesto anual a las personas jurídicas (Ley N° 9428). Se paga por estar inscrita en el Registro, aunque la sociedad no facture. Averiguá cuánto te toca según tu categoría.

Datos
₡

¿Cómo se calcula?

El impuesto es un porcentaje del salario base (₡462.200 para 2026, sin cambios desde 2021). La categoría depende de si la sociedad está activa y, si lo está, de sus ingresos brutos declarados en renta.

Categoría% salario baseMonto 2026
Inactiva (sin actividad)15%₡69.330
Activa | ingresos bajos (menos de ₡55,46 M)25%₡115.550
Activa | ingresos medios (₡55,46 M – ₡129,42 M)30%₡138.660
Activa | ingresos altos (₡129,42 M o más)50%₡231.100

Los rangos en colones son aproximados: el límite real es 120 y 280 salarios base de ingresos brutos. El monto exacto de tu sociedad aparece ya calculado en TRIBU-CR / la Oficina Virtual de Hacienda.

1 Cuándo y dónde se paga

Se paga una vez al año, en enero: dentro de los 30 días naturales siguientes al 1° de enero, o sea a más tardar el 31 de enero (art. 4, Ley N° 9428). Si el 31 cae en día inhábil, el plazo se corre al siguiente día hábil: en 2026 venció el 2 de febrero. Se paga en TRIBU-CR o en ventanilla del BCR o BAC con solo dar la cédula jurídica. Una sociedad inactiva puede pagarlo sola, sin abogado ni contador. No pagarlo genera multas, intereses y puede llevar a la disolución por morosidad.

2 Sociedades nuevas y sociedades exoneradas

Primer año, proporcional. Esta calculadora da el monto de un año completo. Si la sociedad se constituyó durante el año, ese primer período se paga a prorrata: se toma el monto mínimo (₡69.330 en 2026, el tramo del 15%) y se cobra solo por los días que faltan hasta el 31 de diciembre desde que se inscribió la escritura. A partir del 1° de enero siguiente ya se paga el monto completo de la categoría.

Hay sociedades exoneradas (art. 16). Las micro y pequeñas empresas inscritas en el MEIC, y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el MAG, están exentos si además están registrados como contribuyentes ante Hacienda; la exención rige desde el período siguiente al registro. Las cooperativas, asociaciones civiles, fundaciones y sociedades civiles no están sujetas a este impuesto.

3 El mito más caro

"Mi sociedad no factura, no debo nada" es falso. El impuesto se paga por estar inscrita, no por facturar. La sociedad inactiva más olvidada igual debe ₡69.330 cada enero.

Fuente: Ley N° 9428 | salario base Ley N° 7337 (Circular 246-2025 del Poder Judicial). Información general, no asesoría contable.

¿Sociedad activa o inactiva?

Aclará tu situación con RumboAI antes de que corran intereses

El monto depende de si la sociedad está inscrita como activa y del tramo de ingresos brutos. Y si hay años sin pagar, hay intereses y hasta riesgo de disolución. Preguntá cómo estás parado.