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Permiso Sanitario de Funcionamiento (Ministerio de Salud)

Ministerio de SaludActualizado 2026-06-13

Nota: Este archivo ofrece información general de orientación. No constituye asesoría legal, contable ni tributaria. Para situaciones específicas, consultá a un abogado/notario y a un contador público autorizado (CPA), o directamente al Área Rectora de Salud de tu cantón.

Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) — Ministerio de Salud

1. Qué es / por qué importa

El Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) es la autorización que extiende el Ministerio de Salud para que un establecimiento industrial, comercial o de servicios pueda operar legalmente en Costa Rica. Su fundamento está en la Ley General de Salud (Ley N° 5395), que faculta al Ministerio a regular toda actividad que pueda afectar la salud de las personas y el ambiente, y se desarrolla en el Reglamento general aprobado mediante el Decreto Ejecutivo N° 43432-S (vigente desde el 23 de julio de 2022), que unificó tres reglamentos anteriores (Decretos N° 39472-S, N° 41045-S y N° 34580-S).

Importa porque es una pieza obligatoria de la ruta crítica para abrir un negocio: sin PSF el establecimiento no puede funcionar y, además, la municipalidad normalmente exige el PSF vigente como requisito para otorgar la patente comercial (ver 13-patente-municipal-y-uso-de-suelo.md). El PSF certifica que el local cumple las condiciones sanitarias, de infraestructura y ambientales propias de su actividad y nivel de riesgo.

No confundir el PSF con la Habilitación de servicios de salud (clínicas, consultorios, farmacias, laboratorios, etc.), que es un trámite distinto regulado en el mismo Decreto N° 43432-S. Tampoco con permisos específicos de ciertos giros (alimentos, químicos, plaguicidas, etc.), que pueden sumarse al PSF — ver 15-permisos-por-actividad.md.


2. Quién está obligado y excepciones

Obligados

Está obligado a contar con PSF cualquier persona física o jurídica que desarrolle una actividad industrial, comercial o de servicios en un establecimiento en territorio costarricense. Esto cubre desde una soda, un taller o una tienda, hasta una fábrica, una bodega o una oficina de servicios.

El Decreto N° 43432-S clasifica las actividades en tres grupos según su nivel de riesgo sanitario y ambiental:

Grupo Nivel de riesgo Idea general
A Riesgo alto Actividades con mayor potencial de impacto en la salud o el ambiente (industria, manejo de sustancias peligrosas, etc.)
B Riesgo moderado Actividades de impacto intermedio
C Riesgo bajo Actividades de bajo impacto (muchos comercios y servicios pequeños)

La clasificación específica de cada actividad (grupo A, B o C) está definida en el Decreto N° 43432-S y sus anexos. El sistema de la Ventanilla Única de Inversión (VUI) asigna el grupo de riesgo según el código de actividad que se declare.

Excepciones y casos particulares

  • Actividades no peligrosas en casa de habitación: el Decreto N° 43432-S contempla un régimen específico para microempresas o emprendedores que operan desde su vivienda actividades no peligrosas y sin residuos peligrosos, generalmente con vigencia ampliada (hasta cinco años). Suele requerir el registro de la condición de microempresa/emprendedor ante el MEIC.
  • Microempresas inscritas en el MEIC: gozan de una tarifa reducida del PSF (ver sección 5).
  • Servicios de salud y afines (consultorios, clínicas, farmacias, laboratorios): no usan PSF sino el trámite de Habilitación, regulado aparte en el mismo decreto.

Aunque una actividad sea de bajo riesgo (grupo C), no está exenta del PSF: lo que cambia es la tarifa, los requisitos y el plazo de resolución, no la obligación.


3. Requisitos / documentos

Los requisitos documentales de la solicitud del PSF están desarrollados en el artículo 10 del Decreto N° 43432-S (solicitud por primera vez) y en el artículo 13 (renovación); las condiciones previas que deben estar al día se regulan en el artículo 8 (ver subsección más abajo). Los requisitos varían según el grupo de riesgo (A, B o C) y la actividad. De forma general se solicitan:

  • Formulario unificado de solicitud (en línea, vía VUI), según el Anexo 2 del Decreto N° 43432-S (art. 10).
  • Declaración jurada del solicitante:
  • Anexo 3 del Decreto N° 43432-S para solicitudes nuevas (art. 10).
  • Anexo 4 para solicitudes de renovación (art. 13).
  • Documento de identidad del solicitante o representante legal.
  • Comprobante de pago de los servicios según el grupo de riesgo (ver sección 5).
  • Informes técnicos especializados, cuando aplique, por ejemplo:
  • Informe técnico de inspección de GLP (gas licuado de petróleo) para establecimientos que lo usen.
  • Informe de verificación de GNL (gas natural licuado), cuando corresponda.
  • Certificación de instalaciones eléctricas u otros, según la actividad.

Condiciones previas que deben estar al día

El Decreto exige verificar ciertas condiciones antes de aprobar el PSF (relacionadas con el artículo 8), entre ellas:

  • Inscripción y estar al día con la CCSS (ver 10-ccss-inscripcion-patronal.md).
  • Obligaciones tributarias al día (inscripción en el RUT / TRIBU-CR, ver 04-inscripcion-hacienda-tributcr.md).
  • Pago de eventuales multas sanitarias pendientes.
  • Regencia autorizada en establecimientos que manejan productos químicos, higiénicos u otros que la exijan.
  • Conformidad de uso de suelo del local con la actividad declarada (ver 13-patente-municipal-y-uso-de-suelo.md).

Cada actividad puede sumar requisitos adicionales propios de su giro. Verificá siempre el listado puntual de tu actividad en el Decreto N° 43432-S (art. 10 para nuevas / art. 13 para renovación) y en la VUI, porque el sistema te indica los documentos exactos según el código que declares.


4. Paso a paso del trámite

El trámite es principalmente en línea a través de la Ventanilla Única de Inversión (VUI) — sitio vui.cr —, que integra varios trámites de apertura de empresa. El Ministerio de Salud también utiliza la plataforma de trámites en línea para la gestión y renovación del PSF.

  1. Resolvé primero el uso de suelo. Solicitá el certificado de uso de suelo en tu municipalidad para confirmar que tu actividad es compatible con la zonificación del local. Es un insumo previo (ver 13-patente-municipal-y-uso-de-suelo.md).
  2. Poné al día tus condiciones previas. Inscripción en Hacienda (RUT/TRIBU-CR), inscripción patronal en CCSS y, si aplica, póliza de Riesgos del Trabajo del INS (ver 11-ins-riesgos-del-trabajo.md).
  3. Ingresá a la VUI (vui.cr) y creá/usá tu cuenta. Seleccioná el trámite de Permiso Sanitario de Funcionamiento.
  4. Declará tu actividad. El sistema asigna el grupo de riesgo (A, B o C) y te muestra los requisitos y la tarifa correspondientes.
  5. Completá el formulario y la declaración jurada (Anexo 3 para nuevo; Anexo 4 para renovación) y adjuntá los documentos e informes técnicos que pida tu actividad.
  6. Pagá la tarifa según el grupo de riesgo (usualmente por transferencia/SINPE dentro de la plataforma).
  7. Presentá la solicitud. Para solicitudes nuevas A, B y C, el reglamento prevé la emisión del permiso al momento de la presentación (mismo día), bajo declaración jurada, sin perjuicio de inspecciones posteriores del Área Rectora de Salud.
  8. Conservá el permiso y manténlo visible/disponible en el establecimiento. Quedás sujeto a inspección.

Trámite integrado: desde vui.cr se gestiona, en un grupo de municipalidades adheridas, el trámite integrado de patente municipal que incluye uso de suelo municipal, PSF del Ministerio de Salud, revisión del RUT en Hacienda y póliza de Riesgos del Trabajo del INS. La cantidad de municipalidades adheridas cambia con el tiempo.


5. Costos, tarifas, plazos y vigencias

Fecha de verificación: 2026-06-13. Las tarifas están fijadas en el artículo 6 del Decreto N° 43432-S. Los montos pueden actualizarse por reforma del decreto; confirmá el monto vigente en la VUI o el Área Rectora de Salud antes de pagar.

Tarifas del PSF por grupo de riesgo (art. 6, Decreto N° 43432-S)

Grupo / caso Nivel de riesgo Tarifa
Grupo A Riesgo alto ₡55.000
Grupo B Riesgo moderado ₡27.500
Grupo C Riesgo bajo ₡16.500
Microempresa inscrita en MEIC Tarifa reducida ₡11.000
Casinos de juego Tarifa especial ₡2.750.000

(Montos según el Decreto N° 43432-S; verificar vigencia. La tarifa de microempresa aplica a quien acredite esa condición ante el MEIC.)

Vigencia

Tipo de permiso Vigencia
PSF general (industrial, comercial o de servicios) Hasta 5 años, según la actividad
Actividad no peligrosa en casa de habitación Hasta 5 años (ampliada por el Decreto N° 43432-S, antes 2 años)

La vigencia concreta depende de la actividad y su nivel de riesgo; algunas actividades pueden recibir vigencias menores. El reglamento establece un máximo de hasta cinco años. Verificá la vigencia específica en el permiso que te emitan.

Plazos de resolución

Caso Plazo de resolución
Solicitud nueva A, B y C Al momento de la presentación (mismo día), bajo declaración jurada
Renovación grupo C Emisión inmediata
Renovación grupos A y B Requiere resolución formal de la administración; plazos según el reglamento y la Ley General de la Administración Pública

El Decreto N° 43432-S (2022) redujo drásticamente los plazos: antes algunas categorías (A y B) podían tardar hasta 7 días — y los servicios de salud hasta 25 días hábiles — y pasaron a resolverse el mismo día de la presentación, trasladando la verificación a inspecciones posteriores.


6. Obligaciones recurrentes

  • Renovación del PSF antes de su vencimiento, por la misma plataforma (declaración jurada Anexo 4). Operar con el permiso vencido equivale a operar sin permiso.
  • Mantener al día las condiciones previas durante toda la vigencia: CCSS, obligaciones tributarias, regencias y demás (la inspección puede verificarlas en cualquier momento).
  • Actualizar informes técnicos periódicos cuando la actividad lo exija; por ejemplo, los informes técnicos de gas LP suelen actualizarse cada dos años.
  • Comunicar cambios relevantes (cambio de actividad, de propietario, de ubicación o ampliaciones), que pueden obligar a un nuevo PSF o a su modificación.
  • Permitir y atender inspecciones del Área Rectora de Salud y subsanar las no conformidades en el plazo que se indique.
  • Coordinar con la patente municipal: la municipalidad puede exigir el PSF vigente para mantener la patente comercial al día (ver 13-patente-municipal-y-uso-de-suelo.md).

7. Sanciones por incumplimiento

La Ley General de Salud (Ley N° 5395) otorga al Ministerio de Salud amplias potestades de policía sanitaria. Operar sin PSF o con condiciones sanitarias deficientes puede derivar en:

  • Órdenes sanitarias para corregir, suspender o ajustar la actividad en un plazo determinado.
  • Clausura / cierre del establecimiento, total o parcial, cuando haya riesgo para la salud pública o se opere sin permiso.
  • Decomiso o destrucción de productos que representen riesgo sanitario.
  • Multas previstas en la Ley General de Salud y normativa conexa.
  • Imposibilidad de obtener o mantener la patente municipal, ya que la municipalidad suele requerir el PSF vigente (ver 13-patente-municipal-y-uso-de-suelo.md).
  • En casos graves, responsabilidad civil o penal si el incumplimiento causa daño a la salud de las personas.

La presentación del PSF se hace bajo declaración jurada: declarar información falsa para obtener el permiso acarrea responsabilidades adicionales, además de la posible revocatoria del permiso al detectarse en inspección.


8. Preguntas frecuentes

¿Necesito sí o sí el permiso sanitario para abrir mi negocio? Sí. Si vas a operar una actividad industrial, comercial o de servicios en un establecimiento, necesitás el PSF del Ministerio de Salud. Y ojo: la mayoría de municipalidades te lo van a pedir como requisito para darte la patente comercial (ver 13-patente-municipal-y-uso-de-suelo.md).

¿Cuál trámite hago primero: uso de suelo, permiso sanitario o patente? El orden lógico es: primero el uso de suelo (para confirmar que tu actividad calza con la zonificación), luego el permiso sanitario, y de último la patente municipal, que normalmente exige los dos anteriores. Si tu cantón está adherido a la VUI, podés gestionar varios de estos pasos de forma integrada en vui.cr.

¿En qué grupo de riesgo cae mi actividad? Depende de tu actividad y está definido en el Decreto N° 43432-S. Cuando declarás el código de actividad en la VUI, el sistema te asigna automáticamente si sos grupo A (riesgo alto), B (moderado) o C (bajo) y te muestra la tarifa y los requisitos.

¿Cuánto me cuesta? Según el grupo: aproximadamente ₡55.000 (A), ₡27.500 (B) o ₡16.500 (C). Si estás inscrito como microempresa en el MEIC, la tarifa baja a unos ₡11.000. Estos montos están en el artículo 6 del decreto; confirmá el monto vigente en la VUI antes de pagar, porque pueden actualizarse.

¿Cuánto dura el permiso? Hasta 5 años, según tu actividad. Algunas actividades reciben vigencias menores. Revisá la fecha exacta en el permiso que te emitan y renovalo antes de que venza.

¿De verdad me lo dan el mismo día? Para solicitudes nuevas de grupos A, B y C, el reglamento del 2022 permite la emisión al momento de presentar la solicitud, bajo declaración jurada. Eso sí: el Ministerio puede inspeccionar después, así que tu declaración tiene que ser cierta y el local debe cumplir de verdad.

¿Lo puedo hacer todo en línea? Sí, el trámite es principalmente digital por la Ventanilla Única de Inversión (vui.cr), incluido el pago. Solo algunos casos requieren informes técnicos firmados por un profesional (por ejemplo, gas LP o instalaciones eléctricas).

Trabajo desde mi casa, ¿igual necesito el permiso? Sí, pero si tu actividad es no peligrosa y sin residuos peligrosos, el decreto contempla un régimen más sencillo para microempresas/emprendedores que operan desde la vivienda, normalmente con vigencia de hasta cinco años. Suele pedir que registrés tu condición de microempresa ante el MEIC. (verificá los requisitos puntuales, pueden cambiar.)

Tengo un consultorio / farmacia / laboratorio. ¿Es el mismo trámite? No exactamente. Los servicios de salud no usan el PSF, sino el trámite de Habilitación del Ministerio de Salud, regulado en el mismo Decreto N° 43432-S. Conviene revisar también 15-permisos-por-actividad.md.

¿Qué pasa si opero sin permiso o con el permiso vencido? Te exponés a órdenes sanitarias, clausura del local, decomisos y multas, y a no poder mantener tu patente municipal. Operar con permiso vencido cuenta como operar sin permiso. Renovalo a tiempo.


9. Fuentes

Oficiales (primarias):

Normativa de referencia:

  • Ley General de Salud — Ley N° 5395 (buscar texto vigente en SCIJ).
  • Decreto Ejecutivo N° 43432-S — Reglamento general para permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorizaciones para eventos temporales de concentración masiva de personas (vigente desde el 23 de julio de 2022; derogó/unificó los Decretos N° 39472-S, N° 41045-S y N° 34580-S).

Cruces internos:

  • 13-patente-municipal-y-uso-de-suelo.md — uso de suelo (insumo previo) y patente municipal (que exige el PSF vigente).
  • 15-permisos-por-actividad.md — permisos especiales por giro (alimentos, químicos, salud, etc.) que pueden sumarse al PSF.
  • 10-ccss-inscripcion-patronal.md y 04-inscripcion-hacienda-tributcr.md — condiciones previas que deben estar al día.
  • 11-ins-riesgos-del-trabajo.md — póliza de Riesgos del Trabajo, parte del trámite integrado en la VUI.
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